Dueños e inquilinos deben conocer ley alquileres

Todo propietario de una vivienda o persona que desee alquilar una casa o apartamento tiene primero que informarse adecuadamente para conocer las normas que rigen la prestación, aplicación o devolución de un inmueble..


En el país es común que los propietarios o administradores de viviendas manejen el negocio al libre albedrío, sin tomar en cuenta las disposiciones que están contempladas en la ley, las cuales favorecen, en gran medida, al arrendatario.

La ley 4314 data del régimen dictatorial de Rafael Leonidas Trujillo, del 29 de octubre de 1955, y fue modificada por la Ley17-88 el 5 de febrero de 1988. La norma establece un su artículo 1 que los propietarios y encargados de casas, apartamentos, edificios, oficinas, almacenes, naves industriales y espacios físicos para alquilar en las zonas urbanas y suburbanas (…) estarán obligados a depositar y mantener en el Banco Agrícola las sumas que exijan a los inquilinos o empresarios como fianza (depósito) para garantizar el pago del arrendamiento o el cumplimiento de cualquier otra obligación legal o convencional derivada del contrato.

Esto significa que una vez alquila un inmueble, el propietario tiene que registrar ese contrato y depositar el dinero de la fianza de forma obligatoria, en un plazo de 15 días,  en el Departamento de Alquileres del Banco Agrícola, entidad administradora de estas disposiciones.

¿Por qué es importante que se cumpla este requisito? Los recursos de su fianza son depositados en certificados financieros, los cuales generan rendimiento por la tasa de interés. Una vez que culmine el contrato de alquiler el propietario tiene que devolver el dinero que entregó de la fianza y los recursos generados de ese certificado, si no ha violado lo acordado en el contrato. El Banco Agrícola también recibe los pagos por concepto de alquiler que se niegue a recoger el propietario.  

Otro aspecto que explica la ley en el párrafo 1 del artículo 1 es que el valor de la fianza será igual a un mes de arrendamiento siempre y cuando se establezca un contrato por un año; de dos meses de alquiler si el contrato se fija para dos años o año y medio, y de tres meses los de plazos superiores a tres años.

Pero en el párrafo 2 indica que en caso de los contratos para alquileres de viviendas se establece exclusivamente que el adelanto entregado debe ser igual a una mensualidad, independientemente de su duración. En República Dominicana, por lo general, los propietarios piden dos depósitos por un contrato de alquiler de un año.

El incumplimiento de estas disposiciones se castiga con un recargo igual al doble de la suma del depósito.

“En los asuntos de alquileres se mueven muchos intereses”, indica Consuelo Espinal, encargada de la Sección de Alquileres. La mayoría de las oficinas grandes que se ocupan de eso no registran el contrato ni llevan esos valores al banco (los pagos por adelantado), “porque eso es un negocio. Muchas oficinas de bienes raíces se dedican a prestar esos recursos”, agrega la funcionaria.

Dijo que la ley es obsoleta y necesita reformarse porque no cumple con el propósito para la cual fue creada (utilizar las recaudaciones para fomentar la agricultura). Pero además considera que se deben fortalecer los derechos de los propietarios y fijar sanciones severas para aquellos que la incumplan.

Control de alquiler
El país también cuenta con el departamento de Control de Alquiler, una dependencia de la Procuraduría de la República donde se dirimen los conflictos por desalojos y de aumento del precio de la vivienda entre propietarios e inquilinos, según lo estipula el decreto 4807 de mayo de 1959 (también de la época de Trujillo). Este decreto prohíbe el desahucio del inquilino de un inmueble por persecución del propietario, a menos que se haya ordenado concluido el contrato por falta de pago o se utilice el inmueble para otro fin. También establece que no se puede aumentar el precio de la vivienda sin el consentimiento del inquilino, a menos que sea autorizado por esta entidad. De no producirse un acuerdo la dependencia envía el expediente a los tribunales.

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Posted on 1 December, 2008, in Real Estate Tips and tagged , , , , , , , . Bookmark the permalink. 154 Comments.

  1. Tengo un inmueble rentado, el inquilino tiene dos anos q no me paga esto es en la Rep.Dom.,y mis abogados no se porque razon no pueden sacarlo, este individuo no esta nisiquiera en el contrato de alquiler, me gustaria si pueden darme algun consejo estoi muy molesta con la situacion grasias!
    fue de gran ayuda para mi encontrar este website.

  2. Hola, tengo 15 ano viviendo en un apartamento, el contrato se hiszo por un ano y si el propietario no presindia dl mismo con un mes de anticipacio a ese ano el cntrato seguiria vigente, pero ahora an pasado 14 ano y el duenio vendio el apartamento el me lo oferto a mi y quedamos en un precio y luego k consegui el dinero me dijo que el precio que acordamos era muy poco y se lo vendio a un tercero con nosotros adentro, su abogada quiere que firmemos un nuevo contrato y si lo hago perderia los derechos que me dan el tener 15 ano viviendo en el apartamento. No se que hacer, que ustedes me aconsejan.
    Gracias.

  3. si uno vive en una casa alquilada y le comunicar al due;o, que se va a mudar, mientras uno vive en el inmueble, el due;o puede llevar personas a ver la vivienda?

  4. tengo una inquilina recien mudada en una habitacion para ! persona, se le nego, pero insistio mudarse ellla un nino de 2 anos y su esposo, pero se le dejo muy claro que eso no estaba preparado para familia, para que se adapte.

    ahora me esta pidiendo puertas para abajo del fregadero, que le quite el lavamanos que ella no lo usa, y que el derenaje del vano (no de la banera) baja muy lento.

    nota:
    El drenaje del bano esta supuesto a recibir, pequens cantidades de agua, en comparacion con un drenaje o desague de una banera, JAMAS ha sido inteciondo para drenar el agua de banarse u otras grandes cantidades de agua.

    el problema es que ella se encuentrael bano muy pequeno y no utilizan cortina, por lo que el agua de la ducha cae tanto dentro como fuera de la banerita.

    de estas reparaciones modificaciones y/o revisiones de un plomero a ver que se hace o para que le diga que eso esta bien, y que ponga una cortina…

    cuales tengo yo que pagar?

    • Ninguno! Las mejoras que ella haga a la propiedad las paga el inquilino, pero deberan estas ser aceptadas por usted para que el pueda realizarlas. Una vez realizadas estas mejoras, usted no tiene la obligacion de devolverle nada a ella, y ella no puede llevarse nada ni desbaratar nada de lo que arreglo por su propia cuenta.

  5. y los otros comentarios?

    a donde se fueron?

  6. LO QUE NO ENTIENDO PORQUE TENGO YO QUE PAGARLE UN DEPOSITO AL ABOGADO, NO DEBERIA PAGARLO EL PROPIETARIO DE LA CASA?? VEO INJUSTO TENER QUE PAGAR DOS DEPOSITOS Y UNO QUE NUNCA ME LO REGRESARAN ES INJUSTO

    • Es una practica que el mes que pagas por adelantado lo reciba el abogado o administrador, pero eso no significa que se lo estas regalando. En este caso, el propietario, a la hora de mudarte, debera devolverte tus dos depositos.

  7. hadrick hernández

    Saludos!! Yo me mude a un apartamento hace un mes antes de cumplirce el mes de alquiler le dije a la abogada que me rento que yo no podia seguir viviendo en dicho apartamento la misma ahora se niega a devolverme mis depositos porque ella dice que tengo ke vivir un año obligado que puedo yo hacer en este caso??

    • Has leido el contrato? Dice eso el contrato? Esa accion de la abogada es ilegal. Enviale una carta diciendole que deseas entregar la propiedad en los proximos 30 dias, y que solicitas la devolucion de los depositos realizados por ti.
      Que te firme una copia como acuse de recibo, y me cuentas a ver que te dice.

  8. Buenas noches,

    Mi esposo acaba de comunicarme q tuvo una discusion con el propietario del departamento porque teniamos visitas y a el le molesta, no firmamos ningun contrato, aqui en higuey todo es muy informal, le pagamos sus 2 depositos y nunca en 2 anos nos hemos atrasado con la renta.

    El le dijo a mi esposo q queria su casa para la semana q viene, yo no me puedo mudar ahora, que hago? El puede sacarnos?

    • Legalmente el propietario no puede sacarte asi no mas! Y menos si no se pusieron por escrito las condiciones y los terminos.
      Puedes demandarlo por danos y perjuicios si intenta sacarte sin darte aviso previo de al menos un mes por escrito.

  9. alquile una casa he hice un contrato por un año pero la dueña de la casa kiere que le entregue su casa lo mas pronto posible y solo tengo 5 mese viviendo alli, le pido mis depositos al abogado para poder alkilar la nueva casa pero no kiere darmelos hasta j yo salga de ella pero no tengo dinero para alkilar otra casa solo mis depositos y me amenazan con sacarme si no me mudo, k puedo hacer orientem por favor

    • Hola,
      Lo primero es que nadie la puede sacar, puesto que el contrato ha sido establecido por un ano, el cual, me imagino estipula, que puede ser interrumpido por notificacion escrita con 30 dias de antelacion.
      Le enviaron notificacion escrita?
      Fueron sus anticipos depositados en el banco agricola como manda la ley?

      Aun si le notificaron el deseo de rescindir el contrato por escrito, deben esperar a que usted consiga una propiedad nuevamente, o de lo contrario, aun sin mudarse, usted puede facilmente demandar al dueno, por los danos y perjuicios que le estan causando fruto de la violacion al contrato establecido.

      Mi recomendacion es que busque otro lugar donde mudarse, si le entragan los depositos, de lo contrario, espere a que se cumpla el ano establecido en el contrato.

      No dude en contactarme si necesita alguna informacion adicional.

      Saludos,

      Virgilio Santana Ripoll

  10. Saludos es obligatorio depositar los depósitos el banco agrícola y si no lo hago eso me puede traer algún problema futuro.

  11. hola,,ami ya se me cumplieron los depósitos pero pork la dueñano quizo tomar el dinero y me dijo k le entregara su casa le debo 2 meses sin pagar pero ya encontre una casa me puedo ir sin ningun problema?

  12. mi madre tiene 15 años viviendo en una casa alquilada, los dueños vendieron con nosotros adentro y ahora nos quieren sacar. Cuales son nuestros derecho segun la ley? Otra cosa desde que mi madre se mudo ella pagaba pero no tiene recibo:, ahora es que le estan dando recibo los nuevos dueños. Que cantidad de Dinero le tienen que dar a mi madre? y Que plazo para mudarse?

    • Saludos Maria,
      La primera pregunta que le hare es la siguiente: Tiene su madre un contrato de arrendamiento?
      Dependiendo de su respuesta, he aqui mi respuesta:
      INDEMNIZACIONES A QUE TIENE DERECHO EL INQUILINO EN CASO DE VENTA DEL INMUEBLE ALQUILADO:
      El contrato de inquilinato no limita en modo alguno el derecho del propietario a enajenar el inmueble, pero si el arrendador vendiera la cosa arrendada, no podra el adquiriente expulsar al inquilino que tenga un arrendamiento autentico o de fecha cierta, a menos que se hubiese reservado este derecho en el contrato autentico o no tuviese fecha cierta, no estara en arrendador obligado a indemnizarlo, por los danos y perjuicios.
      Si se ha convenido al hacer el arrendamiento, que en caso de venta puede el nuevo dueno expulsar al inquilino, y no se hubiere estipulado nada de danos y perjuicios, estara obligado el arrendador a indemnizar al inquilino del modo siguiente:

      a) Si se tratase de una casa de uso familiar se indemnizara al inquilino con el equivalente a tres meses de renta.
      b) Si se tratase de un local comercial, indemnizara al inquilino con el equivalente a seis (6) meses de renta.
      c) Si se tratase de una finca o bienes rurales, se indemnizara al colono con un tercio del precio del arrendamiento, por el tiempo que reste para vencerse el contrato/
      No es posible expulsar al inquilino si antes, el arrendador o el nuevo adquiriente no hace efectivo el pago de la indemnizacion.

      Espero que mi respuesta le haya sido de utilidad, gracias por visitar mi blog.
      Saludos,

      Virgilio Santana Ripoll

  13. Hola, mi esposo tiene un dealer y se han hecho mucha papelería y se ha invertido mucho en el negocio, ahora el dueño quiere que le entregue el local, creo que no es igual, es un negocio que tienen dos años ahi, el esta al dia en los pagos, el fue hablar con el dueño y este no quiso hablar con el y le cerró la puerta y el abogado tampoco ha querido hablar con el.

  14. Hola , necesito contactarnos , porque tengo 5 años de un Apt ahora de una sola vez se aumenta 700 pesos mas , y el dueño paga solamente el agua , soy yo que paga mi luz . Por favor ayudame mi cel:809-405-2694

  15. Hola, vivo en un apt. De nueva construccion, El cual al mes empezó a tener problemas de filtracion y humedad, aparte de que los servicios de mantenimiento no han sido cumplidos. A los 7 meses solicité los depositos y el propietario quedó en llamarme y no lo hizo, entonces no me tomaba la llamada. La cosa es que he vivido los 2 deposito ya q no me los quisieron devolver. Perdi la oportunidad de una casa y ahora tengo otra q estan acondicionando para mudarme y el propietario no me quiere dar unos dias para mudarme. Hoy es q se vence un mes, y el contrato se vence en julio. Ahora quieren me me salga mañana mismo amenazandome con desalojarme.
    Que hago? Estaria ilegal quedarme unos dias in pagar? Son 1,000 dolare la renta. Ya se imaginará. Gracias!

    • Saludos Doctora,
      Dos cosas, la primera es que el propietario no puede desalojarla de la manera que lo quiere hacer, mucho menos amenazarla. Le recomiendo que grabe la conversacion, para su posterior uso en caso de que se torne mas dificil la situacion. Este mes que se ha vencido, ya ha sido pagado con los depositos, o es un nuevo mes? Si es un mes que usted ha vivido, adicional al los depositos, entonces tiene que pagarlo. Si no es asi, entonces debera pagar la fraccion de mes por el tiempo que le reste viviendo en el apartamento. Es decir, si se queda a vivir una semana, entonces dividira los 1,000 dolares entre 30, y pagar esa cantidad al propietario. hagalo por escrito y con recibo.

  16. hola tengo una inquietud la dueña de la casa me la pidio sin el contrato vencerse, y no he encontrado casa es verdad que puedo durar tres meses sin pagar

    • Saludos Juli,
      Usted debera seguir pagando puntualmente el valor de la renta por los proximos tres meses, hasta que encuentre una nueva vivienda donde mudarse.
      Al momento de mudarse, la propietaria debera devolverle sus depositos, a menos que hayan acordado que en vez de devolverle el dinero retenido como depositos, usted los va a utilizar como pago de renta. Pero eso debe estar acordado entre ustedes.
      Saludos y Feliz dia!

  17. Nicaoli Paniagua

    Hola, necesito ayuda.. me mude de un apartamento hace casi 10 dias, y el dueño no quiere devolverme los depositos. Me exigio 3 depositos de 9,000 pesos para mudarme, luego me dijo que solo se devuelven 2. Me puso a firmar un contrato que nunca me entregó. dure 10 meses viviendo en ese apartamento. El inmueble tiene problemas de filtracion, lo cual notifique en su debido momento, y ellos quedaron de resolver el inconveniente, cosa que nunca hicieron por lo que la pintura se maltrato. Ahora me exige que pinte, o que se descontara la pintura de los depositos. He dado muchisimos viajes, y siempre me hace ir en vano, con excusas de que no le han pagado los demas inquilinos, me gustaria proceder legalmente..

  18. hola necesito ayuda con este problema a ver si me puedes contestar tengo rentado un local comercial, primero me hizo el dueño un contrato de tres años ese cuando termino me lo renovaron por tres años mas es decir vence en el 2016, pero el propietario tenia problemas economicos me oferto el inmueble yo pague todo el papeleo para vere si podia comprarlo, tasacion, carta de grabamenes etc, todo pagado por mi para hacer la gestion de compra con el banco de reserva el propietario me firmo una promesa de venta y todo que paso el tenia el inmueble hipotecado y tenia treces cuotas vencida entonces me mando a mi hablar con el de la hipoteca para que el señor supiera que yo estaba negociando con el banco el dizque a mi me dio entonces plazos en lo que me aprobaban el dinero porque el iva a ejecutar su hipoteca si el propietario no le pagaba el dinero ya, transcurrio un mes y medio y cundo fui al banco me dijeron que todo estaba aplazo yo se lo comunique al propietario porque el de la hipoteca me llamo a mi metiendome presion como si yo fui que hipoteque pues el problema es que transcurrido 15 dias ya me llama una señora diciendo que ella es la dueña y que ningun contrato hecho con el anterior dueño tiene validez.

    • Buenos dias,
      Mi consejo es que se olvide de comprar ese inmueble, pues el propietario le esta haciendo un atraco publico.
      Pidale que le devuelva el dinero que usted invirtió (no se como cayó en ese gancho) pues es al propietario y no al comprador que le corresponden. En cuanto a la senora que le ha llamado, si hay un contrato por 3 años, le aseguro que ella no tendra mas remedio que honrarlo.
      Saludos,

  19. siguiendo con lo dicho ahora me dice la propietaria que ella va a hacer un nuevo contrato con sus condiciones y de no llegar a un acuerdo que ella como nueva dueña daria plazos para que desocupen el local habiendo un negocio establecido de ya 15 años y yo llevo en el negocio ya 5 necesito ayuda, sin mas jess.

  20. HOLA TENGO UNA TIA QUE ALQUILO UNA CASA PERO ESA PERSONA SE MUDO Y DEJO OTRA EN LA CASA Y TIENE 6 ANOS Y NO SE QUIERE MUDAR, Y TIENE DOS MESES QUE NO PAGA QUE SE PUEDE HACER PARA SACAR ESTE SENOR DE LA CASA POR FAVOR CONTESTEME A MI CORREO GRACIAS

  21. wendy martinez

    mi mama tenia una casa alquilada sin contrato y ahora la inquilina tiene 20 años viiviendo, ahi ,pero a casa mami me a dejo ,,eso me puede traer problema por favor contesteme

    • Hola, no le puede traer ningún problema, puesto que es usted la legitima heredera. Sin embargo, dado este escenario, le pregunto, tiene usted algún documento que justifique la propiedad? (Titulo, Carta Constancia, Contrato de compraventa). Si no lo tiene es importante que haga la gestion de conseguirlos, y en vista de que el contrato de alquiler era con su madre, le aconsejo, que de disponer usted del debido documento que justifique que usted es la nueva propietaria, formalice un contrato de renta desde cero con la actual inquilina. O sea, como si se hubiese mudado hoy. esto es muy importante.
      Saludos,

  22. hola tengo 28 anos viviendo en una casa la dueña quiere q se la entregue para ella venderla a otra persona que no sea nosotros, que puedo hacer en ese caso

    • Buenos dias Fanny,
      En ese caso usted puede pedirle un plazo razonable a la propietaria para que usted encuentre un lugar para mudarse. Es muy importante que tome en cuenta que la propietaria esta en todo su derecho de disponer de su inmueble, siempre y cuando no violente sus derechos como inquilina.
      Saludos,

  23. hola mi escrito es lo siquiente he comprado un apartamento con los inquilinos dentro ya se le vencio el contrato y llevan 6 meses sin pagar ellos dicen que lo hacen al banco,pero quiero que se muden, si ellos no estar haciendo los pagos al banco que debo de hacer?, ahora ellos los que quieren que le den 100.00 mil pesos para mudarse donde el apartamento lo que paga son 3500.00, debo de indennizarlo yo el comprador a ellos o deben mudarse ya?

  24. Hola,

    Mi pareja falleció, (no somos legalmente casados) teniamos 25 años en la casa, y aun nuestros hijos viven aqui….. ahora ellos me llaman y quieren cambiarme el contrato , las condiciones y el precio. Ellos me dicen que yo y mis hijos no tenemos ningun derecho y nos amenazan con sacarnos. Gracias

  25. carmeniris06@hotmail.com

    yo vivo en una pension pago 2000 pesos y tengo 3 meses atrasados porque mi esposo tubo problemas con la justicia y yo tenia la responsabilidad de todos los gastos y llegue a deber 6 meses pero desde que se resolvio lo de el comenzamos a cumplir y a pagar todo.

    no me han dado contrato y el abogado vino hoy y me dijo que tengo que pagarle los 6000 pesos de los 3 meses que debo todavia juntos en esta semana.
    yo le dije que se lo voy a dar en dos pagos. el me dijo que no que son todos juntos y yo ahora no tengo de donde buscar los 6000 pesos juntos.

    usted crees que yo no tengo razon ?

  26. Hola!

    Esta pagina, con estos pocos comentarios, ha ayudado a aclarecer y guiar procedimientos a muchos propietarios e inqulilinos!, es muy vliosa, y le agradezco mucho su tiempo en ayudar!

    Mi caso es el siguiente;
    Tenia una inquiline que la deje mudarse (irse de mi inmueble) el Diciembre pasado (Diciembre 2012) con 13,000 pesos de deuda, soy Nuevo en el negocio; tonto, ingenuo y buenagente (cosas que no se pueden ser en este pais).. con todo y que deja deuda, le permito que deje el padre viviendo el inmueble ya que no tenia en dodne dejarlo, de la deuda de 13,000, pago 5800, por lo que debe 7,200.

    A la fecha, 9 meses despues (hoy 19 de Sept del 2013), la inquiline original me debe 7,200 pesos y el padre 18,000! (asi es como me pagan el favor… de amortiguarle la deuda Antigua y darle techo al padre), el padre esta enfermo y tiene como 4 meses que no vive el inmueble, si me lo hubiera entregado desde que se pone enfermo, pues le hubiese dejado la deuda y lo hubiera recuperado alquilandoselo a otro…

    Recientemente me llamo elpadre a decirme que mandara a alguien al limpiar la habitacion, y le dije que debio hacer eso muchos meses antes, pero que antes de venir a limpiar me pague la deuda y pidio un acurdo de pago, y no estoy en entrar en ningun acuerdo mas que pague lo que debe, ya que esas deudas (los 7200 de la hija y los 18,000 del padre se crecio tanto por quedarme esperando fechas de los acuerdos de pago.

    Que puedo hacer?

    • Muy buenos dias Sr. Ramon,
      Desde mi punto de vista, usted ha sido muy condescendiente con estas personas, tanto, que lo mas probable es que no le paguen ni los $7,200 ni los $18,000; de tal manera que mi recomendación es que se haga de cuenta que les ha hecho un favor y nada mas. Réntele a otra persona y no vuelva a rentar sin recibir al menos 3 meses de deposito.

      Por otra parte le pregunto, Tiene usted copia del contrato de alquiler con estas personas?

      Saludos y feliz dia,

      Virgilio Santana Ripoll

      • Muchas gracias por contester sr Virgilio, usted no tiene ni idea del aporte que esta hacienda, ya que esta es un area algo tabu en dominicana ya que los aboggados tienen mucha sopinione sy procedimientos diferentes y “personalizados” que terminan mal acostumbrando al inquilino y o al propietario… y pro este medio somos privilegiado de ir aclarando algunas cosas…

        con respect a mi caso… no, no cuento con contrato, solo tengo un recibo firmado por el inquilino donde dice lo que pago y lo que aun le falta por pagar y del otro inquilino tengo un pagare notarial (pude desalojarlo por la Buena y hacer que me firme un pagare notarial) pero que ya estaos a 9 y su fecha de pago fue el 30 pasado. le puse 8 cuotas de 2mil pesos

      • Es un placer Sr. Ramon,
        Espero que pueda cobrar su deuda sin mayores contratiempos.
        Saludos y Feliz dia!

  27. Quisiera saber cuantos días de antelación debo notificar mi mudanza ?
    Luego que entregue el mes en curso muchas personas me han dicho que no debí pagar , sino pedir mis depósitos y mudarme , la propietaria me dijo que me devuelve los depósitos cuando me mude pero no puedo mudarme si ella no me entrega los depósitos ya que no tengo dinero suficiente , que puedo hacer para que ella me devuelva los depósitos ?
    Gracias por su información de antemano

    • Muy bien dia Estimado Michael,
      Las notificaciones de no continuidad o rescisión de contrato suelen establecerse en el mismo contrato, en caso contrario, lo normal para un contrato de inquilinato son 30 días calendarios, de modo tal, que el propietario tenga tiempo suficiente para retornar los depósitos entregados a la firma del contrato.
      Lo normal es que dichos depósitos sean devueltos luego de que usted haya entregado la propiedad tal y como se la entregaron, de esta manera, el propietario, habiendo revisado el inmueble, si lo encuentra en perfecto estado, le devolverá su dinero completo, de lo contrario, procederá a descontar el importe por cualquier reparación en que incurra, producto de los desperfectos por usted ocasionados.

      Sin embargo, le aconsejo conversar su caso con el propietario, de modo tal, que puedan llegar a un arreglo amigable y ambos salgan beneficiados.

      Saludos y muy feliz dia!

      Virgilio Santana Ripoll

  28. Saludos, tengo 18 años viviendo en una casa alquilada, el dueño me exige todos los años un 10% de aumento, el dice que es legal. Es esto Cierto?

  29. Hola, me gustaria pudiera ayudarme con esta duda que tengo, hoy vino la administradora del edificio y me comunica verbalmente que a partir de marzo van a hacer el aumentodel 10% por 2 años (OSEA QUE ME VAN A AUNMENTAR 1000 PESOS PORQUE PAGO 5000) y ME DICE QUE SI NO ESTOY DE ACUERDO CON EL AUMENTO QUE YA SE LO QUE TENGO QUE HACER (OSEA DEJAR EL APARTAMENTO) NO SE SI ES LEGAL O NO PORQUE SEGUN LEO EN LA LEY DE INQUILINATO NO PUEDEN AUNMENTAR SI ESTAS VIVIENDO AHI, EN CASO DE QUE PUEDAN AUMENTARLA, NO DEBERIAN TENER LA APROBACION DEL BANCO AGRICOLA PARA HACERLA? SI NO ESTOY DE ACUERDO CON EL AUMENTO DEBO IRME O PUEDO VIVIR PAGANDO LO QUE PAGO AHORA, Y SI NO ME LO COGEN DEPOSITARLO EN EL BANCO AGRICOLA?

  30. Hola, me a gustado bastante la pagina, buenos consejos sigan así ^^

    Mi inquietud es la siguiente…

    Mi papa abrió una ferretería con un contrato por dos años. La dueña nos solicito un deposito de tres meses de alquiler, el cual creo que no deposito como especifica el articulo ya que comenzó hacer algunos arreglos en su casa inmediatamente le entregamos el dinero. Nosotros le hemos pagado puntualmente todos los meses incluso ella nos a pedido prestamos de 10,000 pesos, el cual se los hemos entregado con mucho gusto y se los hemos descontado de la renta en varios pagos.

    Hasta ahora hemos invertido mucho dinero para poder subir el negocio, prácticamente millones, pero ahora la señora quiere que les entreguemos el local. Nosotros ya hemos hecho un punto comercial, tenemos nominas que pagar, se deben prestamos y cientos de miles de pesos en compras de artículos que hay que pagar cada 30-45 días. Ella lo único que nos dijo era que sus hijos querían el local y que lo iban a mantener cerrado. Claro que no le creímos nada ya que la señora necesita del dinero de la renta por que ningunos de sus hijos esta trabajando ahora mismo, así que no me cabe en la cabeza que de un día para otro lo quiera cerrar. Me paso por la mente que ella y sus hijos quieren sacarnos y aprovechar el punto y poner una ferretería ellos o algo por el estilo…

    Me gustaría saber que derechos tengo y que puedo hacer al respecto para poder seguir en el local.

    Desde ya, gracias por la respuesta ^^

  31. Hola!
    los consejos de esta pagina me han ayudado muchisimo, y me han vuelto mas sabio!
    pero aun necesito una ayudita mas he he he he…
    que quede claro que la mayoria de los probelmas que ha veces he tenido con esto de los alquileres.. ha sido por ser pendej0 y decente….

    Me voy al grano, tengo una inquilina que debe desde Diciembre, (ojo, consulto por aqui porque aunque en mi administracion ya van 4 abogados…. ninguno han dado pie con bola y la ultima que tengo la he consdervado mas porque al menos hace lo que le digo en vez de negarmelo sin nisiquiera consultar las leyes e interpretarlas…. es decir, es humilde)..
    Decia que tengo una inquilina que no paga desde Diciembre, no tiene contrato (cuando tome la administracion de estas propiedades no tenia contrato, ella misma estaba muy entusiasmada con pedir contrato, pero cuando le dije que ella es quien tiene que pagarlo, ahi se callo, y a sabienda que desafortunadamente en este pais el inquilino sin contrto esta mas protegido que el que no tiene contrato….
    bueno, el hecho es que me tiene con cuentos que tomara un prestamo en el trabajo, que un dinero que espera, que un cheque que una hermana se lo prestara, hace 20 dias la notifique en el trabajo con un alguacil, aunque la abogada me dijo que eso es solo para amedrentar porque eso no funciona mucho… ahi hiso un show y que iva a pedir un prestamo en el trabajo, pasaron dos fechas de pago y nada, la abogada me sugirio que le pusiera un candado al la propiedad, yo no quise y le dije que lo iva a pensar porque modestia y aparte pero a veces hay que dejar bien clara las clases… no me iva a rebajar a eso… pero resulta que administro las propiedades de mi abuela y mi abuela y esta se ha matado demasiado por otros y se merece estar comoda y no escatimare recursos para eso ya que solo cuenta con migo y es muy indefensa, resulta que he decidido ponerle un punto a esta situacion porque eso va en contra de mi forma de ser, no me gusta ser parte de bagabunderias ni ser ente que propicie o permita bagabunderias (se que stoy en el peor pais para esa forma de ser… pero bueno…) resulta que luego me llamo mi abogada para decirme que no haga lo de el candado porque como la inquilina tiene dos ninos pudiera hacer algo a travez de la fiscalia… someterme… o algo asi…
    Luego de mi abogada decirme esto me quede pensando; si tengo entendido que la ley le puede dar un amparo cuando son familias, mas aun si es madre soltera y bla bla bla para que no queden desamparadas… PERO TENGO ENTENDIDO QUE ESO ES CUANDO NO TIENEN NINGUNA ENTRADA, ejemplo cuando tiene 3 muchacho, un alquiler de 20mil pesos mensual y derepente queda sintrabajo y apenas tiene algo en el banco para comer… pero como se va a defender o como me someteria mi inquilina ante una fiscalia.. conani… o lo que sea si luego de que ella se desahogue y haga su drma.. yo pruebo que ella tiene trabajo estable, el colegio de los muchachos lo paga el papa y que a diario la veo que no esta pasando mala situacion economica!?

    Que funciona ahi? que puedo hacer?

    Saludos y disculpe por lo largo!

  32. buenas tardes, el abogado del apartamento donde vivo me mando una intimación de pago a una mora que el me esta cobrando porque este mes tuve un problema con mi mama y me olvide de pagar a tiempo pague 8 días despues y el me esta cobrando 32mil pesos, la intimacion dice que puedo ser embargada despues de un dia franco, pero no creo porque el no tiene titulo ejecutorio para hacerlo, que debo hacer en este caso?

  33. Buen dia Lic. tengo 15 años en un local comercial, la cual el propietario falleció. Los herederos son familiares lejanos y me propusieron comprar el local pero yo no dispongo de esa cantidad de dinero. Yo quisiera saber que derechos tengo ya q nunca he incumplido con la renta y el contrato se hizo una sola vez, por un año y ya llevo 15.
    gracias por su ayuda.

    • Hola, los herederos tienen todo el derecho de vender la propiedad, en este caso han acotado el procedimiento de la manera correcta, que es, ofrecerlo a usted como primera opción de venta. El hecho de que usted tenga el local rentado por tanto tiempo, no les exime a ellos de realizar la venta a otro posible comprado en vista de que usted no pueda comprarlo.
      A la hora de materializar la venta con otro comprador, le deberán notificar a usted por escrito con por lo menos 2 meses de anticipación de que el local se ha vendido a otra persona, en cuyo caso, sera decision del nuevo propietario renovar el contrato o rescindirlo.

  34. Hola, somos propietarios de un apartamento y ahora estamos teniendo un problema con las aguas negras de los banos y area de lavado, ya que estan cayendo del departamento de arriba en los nuestros; a quien le toca pagar ese arreglo?

    • Hola,
      La noción de responsabilidad civil radica en una concepción de derecho natural conocida desde muy antiguo y que sirve de norma fundamental de la vida del hombre en sociedad: la de que nadie debe causar un daño injusto a otra persona, y en caso de causarlo, dicho daño debe ser reparado, es decir, que sus vecinos responsables no solo de reparar lo que esta averiado, sino tambien de resarcir cualquier daño material producto de su inobservancia o negligencia.

  35. Hola le pedi la casa a un inquilino le di los 3 meses pero ello no tienen despos tienen que pagarme los 3meses

  36. Natalia Gonzales

    Buenas tardes. Soy propietaria de un apartamento, resulta que se lo pedí al inquilino 5 meses antes de que se venciera el contrato. Ya hacen 5 meses que se venció el contrato y él inquilino aún no se muda. Admito que él nunca se ha negado a mudarse, sólo me dice que no ha encontrado otro apartamento, tampoco nunca se ha atrasado en el pago. Mi duda es que mi esposo, para conseguir que se mudara antes empezó a llamarlo insistentemente, inclusó lo amenazó con desalojarlo y desde ese día todo a dado un giro pues el inquilino buscó un abogado y ahora nos está acusando a nosotros de acoso.

    Es cierto que aún se haya vencido el contrato no puedo sacarlo a la mala y debo esperar que se mude y que tampoco puedo llamarlo constantemente para presionarlo? Me gustaría informara eso. Creo que sin mala intención hice algo ilegal y ahora creo me saldrá todo más caro. El inquilino pide ser indemnizado por acoso psicológico. No sé por cuanto me puede salir eso en dinero.

    • Lamentablemente usted no agotó los procedimientos legales antes de empezar a presionarlo. Trate de llegar a un arreglo amigable con el, y mientras tanto, trate de que su abogado acote los procedimientos para efectuar el desalojo.

  37. Es correcto pagar como inquilino 3 depósitos o sea 2+1 como se dice aqui y perder el 3ro o sea no recuperarlo al momento de culminar el contrato y por que??

  38. Buenas Tardes, tengo una casa alquilada con un contrato por un año y el mismo tiene un
    año vencido, el inquilino que el contrato esta a nombre de el se mudo y dejo a la esposa
    en la casa y tienen 1 año que no pagan, también tienen un salón y una fantasia, que no fue
    el motivo del alquiler, sino como vivienda. quisiera saber que debo de hacer para que me
    entregue la casa que se la eh pedido hace mas de 6 meses, gracias

  39. Clara lachapelle

    Buen dia! Hace dos meses alquile un departamento el cual la inquilina no obedece las reglas de dicho edificio, es desordenada, no cumple con la limpieza, ha llegado al punto de agredirme verbalmente, el contrato es a un año pero con el acapite de en caso romperlo antes del año debo notificarselo con dos meses de anticipo cuando le lleve la notificacion ella me dijo que no iba a firmar nada, tengo una carta firmada por los vecinos la cual dice estar ellos de acuerdo con su mal comportamiento y tengo mis depositos en el banco agricola. En caso que ella no quiera mudarse en la fecha establecida. Que debo hacer?? De ante mano mil gracias por la ayuda!! Dra. Lachapelle

  40. Que Ley o Decreto trata la Oferta de compra al Inquilino en la Rep. Dom.

      • gabriela paulino

        buenas, vivo en un apartamento con un contrato y tengo 3 meses atrasada , me mandaron una notificacion de que necesitan la deuda y el apartamento entragdo en 3 dias, no la firme. porque no tengo ni el dinero de la deuda ni donde ir a vivir. que puedo hacer en este caso? que ley me ayuda a tener mas tiempo para poder pagar y buscar donde vivir

      • Haga lo posible para ponerse al día. En cuanto a mudarse, deben darle más tiempo, como mínimo 30 días.

      • alfredo bisono

        Gracias por este paquete, lo comentaremos.-

        ________________________________ De: Paramount Properties DR Enviado: miércoles, 9 de agosto de 2017 07:15 p. m. Para: elnaturalginkgo@hotmail.com Asunto: [New comment] Dueños e inquilinos deben conocer ley alquileres

        paramountproperties commented: “Haga lo posible para ponerse al día. En cuanto a mudarse, deben darle más tiempo, como mínimo 30 días.”

  41. What decree or law about the purchase offer to the tenant in the Dominican Republic ?

  42. mi inquilino no me paga, lo demande por falta de pago, tengo una sentencia, favorable para que me pague, pero el se mudo, no se donde cobrarle, dejo cerrada la casa… ¿ a donde o quien es el juez o fiscal que puede abrir mi casa, y que yo quede cubierta para que despues no digan que habia algo alli y que se lo robe?..

  43. un felz dia para todos!!vivo en rep dominicana soy inquilino de un local comercial alquilado desde el año 2004 y de repente me llega un acta de alquacill pidiendome la devolucion del local en el plazo de 90 dias!!nunca e fajado con el pago cual es my derecho!! la ley faculta al proprietario hacer eso?

  44. juan martin doble

    si me atraso 20 dias con el pago puede el propietario amenasarme con que me va a notificar y que yo tengo que pagar 2000 pesos por la notificacion

    • Si, el propietario puede notificarle, debe estar establecido en una de las clausulas del contrato, el tiempo en que se debe pagar la renta. El costo del traslado del alguacil, para la notificación, le corresponde pagarlo a usted, y sí, aunque ilegal, puede este ejercer un mecanismo de presión, cortando los servicios de energia eléctrica, si estuvieren a su nombre.

  45. Saludos, gracias por atender tantas inquietudes, Mi pregunta es: en el condominio donde vivo y pertenezco a la directiva, hay un apartamento con una DEUDA DE 40,000 PESOS POR CONCEPTO DE MANTENIMIENTO, LO VENDIERON Y EL NUEVO PROPIETARIO NO RECONOCE ESA RESPONSABILIDAD…….PODEMOS ACTUAR LEGALMENTE?

  46. Ok, de manera mas simple.

    Tengo una inquiline indeseada, a la fecha debe 5 meses, no hay contrato escrito (cuando tome la administracion ella ya estaba “mal mudada” ahi (seria un contrato verbal pendiene de registrar en el banco Agricola verdad?)
    necesito sacarla de alli.
    Tengo una carta de una institucion del estado (el conape )en donde ella se comprometiaa dejar el inmueble el 10 de Diciembre, y a la fecha no tienes planes de mudarse.

    Que puedo hacer?
    En el banco Agricola me dijeron que inicie un proceso, registro de contrato uno que otro document que demuestre el no pago luego de un plazo para ponerse al dia que puede ser de 3 dias, un mes mas la mitad de otro por no haber registrado, entonces con esa documentacion dirigirme a un juzgado o procuradoria o algo asi para iniciar la demanda por falta de pago y desalojo.

    El contrato de electricidad de esa inquiline esta a nombre de un antiguo inquilino con el que tengo contacto y que varia sveces me ha dicho que cancele el cotnrato de luz y yo por no afectar y por no ser mas malo de la cuenta (porque el propietario siempre es el malo) no lo he hecho….. pero puedo hacerlo verdad? y la compania de electricidad no podra ponerle otro contrato porque no tiene contrato, el banco Agricola me dijo que no se lo entrega al inquilino y que yo estoy en mi derecho de negarle el registro del contrato verbal. estoy en lo correcto?

    pero mas me interesa la parte del proceso de desalojo.

    estoy en lo correcto con respect al procedimiento?

    • Hola. En que quedó con esta inquilina. Al parecer no vi su mensaje antes.

      • Gracias por su atencion!
        actualmente, ya register contrato verbal, pague depositos para los procedimientos (aunque la inquilina no tiene deposito), hubo una primera audiencia… automaticamente aplazada… la segunda se aplazo porque la inquilina abusadora pidio plazo para buscar recibos del ficticio deposito, y de un misero pago de una mensualidad que esta reclamando que supuestamente hiso de 11 que no ha ha hecho!, (a la fecha tiene 11 mensualidades que no paga! yo estoy esperando que muestre el recibo de los supuesto depositos.. porque si aparecen.. entonces la demandare por falsificaciond e firma, alli tiene que estar mi firma… y yo a ella la mude sin depositos, por lo que no debe estar reclamandolos!

        la situacion desde una vista panoramica… es algo irrisoria… ella envuelta en el lio de que tiene que largarse, tiene que pagar, ya ha sido notificada varias veces en su trabajo (osea esta amarrada por todos lados) en plena audiencia ha reclamado en dos ocaciones… que le arreglen unas puerta del closet, y una ventana de cristal… pero POR DIOS… debe 11 meses… y esta ridicula mira en lo que piensa.. y su abogado que mas mequetrefe no puede ser y hata me ha amenazado a mi y a mi abogada en public de arremeter legalmente en contra de nosotros…. como es que funcionan las cosas en los tribunals en este pais? este proceder insidioso de estas dos personas deberia ser descredito suficiente para el juez tomar una decision a favor de la verdad y la justicia.

        nada.. actualmente en espera de la 3ra audiencia, por demanda de pago y desalojo… me preocupa alguna treat, truco o marana… de la inquilina y su abogado teniendo ella todas las de perder… pero conociendo como funcionan las cosas… yo en un tribunal me se defender MUY bien dentro de los margenes legales (no soy abogado) se relatar, documentar y presenter muy bien hechos y pruebas… pero delante de estos no me rebajare a presentarme delante de ellos, pero me preocupa que mi abogada no se sepa defender porque es medio mejeje….

        en un tribunal la inquilina dira que pago deposito y que no se muda porque no encuentra casa…. este caso es muy simple… no hay deposito, no lo pago y tengo pruebas y testigos de eso… y que en ese truco de que no encuentra casa tiene 4 anos, tambien tengo prueba de danos a la propiedad que ela ha hecho a ese y otro inmueble, violaciones de ruido, normas de conductas, amenazas, ha tenido animals sin mi consentimiento, desperdicio de agua, malas costumbres…. en fin todas las de perder… pero me asusta.. no ellos… sino como funciona la justicia aqui…

        y pensar que en otros paises.. por cosas como esta a un inquilino incidente en estas violaciones y que se demuestre mala fe y sin pagar 11 meses por Dios! le dan en el mejro de los casos 20 dias par que se largue!

  47. Buenas!!!

    Vivi en la romana y hace unos meses me mude para allá por el trabajo. Alquile un apartamento con dos amigas mas y asi pagarlo entre las 3! El punto es que el dueño vende el apartamento y nos das un plazo de un mes para mudarnos, eso no lo comunico su abogada el 8 de marzo teníamos hasta el 8 de abril para desalojar el inmueble pero resulta ser que nos mudamos el 1 abril 7 dias ante!! Pues el dueño tiene un afán para que ese mes se le pague y quiero saber si tenemos que pagarle? Cabe destacar que el nos devolvió el depósito!!!

  48. Hola es julio yo tengo 5 año en una casa alquilada y el dueño me dijo k me iva a renovar el contrato y después me dijo k me mude en 15 días k puedo haser vivo con mi mujer y 2 niño yo le entregue 3 depósito y solo me kiere dar 2 y yo le digo k son los 3

  49. Rhandol Rodriguez Ramirez

    Saludos buenas tardes, tengo un caso, me mude hace 6 meses en un apartamento con mi esposa y dos hijos, actualmente ella esta embarazada al termino casi de dar a luz, el caso es que el dueño me pidio el departamento porque un familiar se quiere mudar alla, pero que pasa el contrato esta por un año osea que aun no se ha vencido, que deberia hacer?

  50. Katherin Gonzalez

    saludos.
    Le cuento vivimos en una vivienda por al mas de 2 años y ellos nos alquilaron con la luz robada osea no legal y el domingo pasado se incendio el apartamento por un corto circuito y gracias a Dios no estábamos ahí, y ellos dicen que no tienen dinero para restaurarlos entonces nos queremos mudar a otro lugar porque el apartamento quedo inhabitable y ahora el abogado esta poniendo peros para darnos el deposito. Que hago?

  51. Buenos días:

    Estoy rentando un local comercial hace 17 días. El encargado de los locales me dijo que mandaría hacer el contrato y cuando ya estuvo listo el abogado me llamó y me dijo que debía pagar 70 dólares, le dije que el encargado lo haría y me dijo que no, que soy yo quien debo pagarlo. Hablé con el señor y le dije que eran sus reglas, su contrato y debía pagarlo él, no quiso y le dije que si me hubiera avisado yo lo hacía con otra persona y me cobraba mucho menos y me dijo que lo haga, que él esperaría y que esos quedaban anulados y para seguridad me quedé con ellos porque estaba mi firma, eso fue hace una semana.
    El día de ayer llovió un poco y de un momento a otro se rompió mi puerta de cristal, cabe resaltar que toda mi fachada es de cristal pero sólo la puerta se cayó y se rompió en mil pedazos. Estpy preocupada porque conociendo al señor va a querer que yo lo pague, cuando fue que ellos pusieron mal la bisagra y por eso se cayó, sino se hubiera roto todo mi cristal y todos los de los vecinos de los alrededores que alquilan. Debo pagarlo?? No hay contrato existente, sólo un recibo donde figura un depósito y un pago de un mes por adelantadi que hice. Lo renté el primero de Agosto y estamos 17 de Agosto.

    • Muy buenos dias Nadia,
      El contrato de alquiler regularmente lo paga el inquilino, al menos es la practica usual, a menos que ambos estipulen lo contrario, de común acuerdo.
      Con referencia al cristal, hay algún testigo que corrobore lo que pasó?
      En otro orden, el propietario es responsable de los desperfectos del local, salvo que estos hayan sido ocasionados debido a una negligencia del inquilino.
      Cualquier duda, por favor no dude en contactarnos,
      Saludos

  52. Vivo en un apartamento alquilado en lo que pago esta incluido el mantenimiento,mi problema es que los dueños deben 5 meses de mantenimiento a la administracion teniendo yo mis pagos al día,en este momento no tengo los servicios de gas y planta eléctrica, cual es el procedimiento

    • Hola Rosanna, usted puede proceder a retener el pago del mantenimiento atrasado, pagarlo a la administración y entregar el monto restante mas el recibo de pago a los propietarios de su apartamento. Lo ideal sería conversarlo con ellos primero.

  53. Hola se me presenta el caso con mi abogada, quiero saber si después del dia de pago de mi negocio no tengo derecho a dos o tres dias de desahogo para pagar si ella tiene derecho a cobrarme interes

    • Hola Gabriela,
      Regularmente se establece eso como una cláusula o párrafo en el contrato. Se establece un periodo de gracia de 5 días. Es importante considerar que esto se hace por costumbre, no por ley.

  54. milissen minaya

    Buenas tardes y disculpe los inconvenientes pero no soy abogada pero ayudo a una empresa con los alquileres de sus locales y apartamentos, la situación es la siguiente: hace una semana que se acercaron al apartamento de unos de los inquilinos de la empresa donde trabajo y le comunicaron que ellos están debiendo 3 meses de mantenimiento, puesto que, el pago del alquiler de dicho apartamento ya viene incluido el pago del mantenimiento del condominio, yo como responsable de esa situación le retuve el pago del alquiler correspondiente al mes siguiente para ver si la administradora del apartamento me resolvía la situación ya que, le cortaron el agua a los inquilinos supuestamente por falta de pago. esta esa medida correcta de mi parte?

    Espero su respuesta por favor, ayúdeme en eso pues no soy abogada y dependo de ese trabajo.

    • Buen días Minaya,
      Si el mantenimiento del apartamento esta incluido en el alquiler y ellos no tienen atraso en el pago de dicho alquiler, no es correcto que les hayan suspendido los servicios. A menos que tengan 3 meses de atraso en el pago del alquiler, y esto, por supuesto, redunde en un atraso en el pago del mantenimiento. La administradora debe subsanar la situación, so pena de ser incoada por esta negligencia. Entiendo que usted ha hecho lo correcto. Feliz dia y buena suerte.

  55. Hola!

    ya habia escrito anteriormente, y sus comentarios me han sido de mucha ayuda…

    tengo una urgencia ahora

    tengo un inquilino que debe 11 meses, y por otra fuente me entere que esta por mudarse un dia de estos en la noche!

    Ya he sometido al inquilino, en la ultima audiencia el y su abogado no asistio y el juez reconocio todas sus faltas y mi abogado llevo todas las pruebas… el juez dicto sentencia o algo asi, no se muy bien de eso y estamos a espera de fallo de eso hace un mes y algo

    la demanda fue por falta de pago y para desalojo.

    el fallo aun no sale que puedo hacer? el inquilino piesa dars a la huida

    • Buen dia Gisela,
      Por sus propios medios usted no puede hacer nada, sin embargo, su abogado puede mediante instancia motivada, solicitar al juez un embargo retentivo para embargar los inmuebles del inquilino (de acuerdo a los arts 2 y 3 y 557 en adelante del código de Procedimiento Civil) como medida de garantía para el pago de los alquileres vencidos y no pagados.

      Dentro de las Vías de Ejecución el embargo retentivo constituye una modalidad particular, no sólo por la forma en que se ejecuta, sino por su naturaleza y efectos: en cuanto relaciona a tres personas; en cuanto puede ser trabado sin título ejecutorio; y en cuanto a sus efectos se limitan a producir indisponibilidad de los bienes embargados, sin llegar a la desposesión, como puede ocurrir en otros embargos conservatorios.

      La verdad Gisela es que no entiendo como este inquilino ha llegado a acumular una deuda de 11 alquileres sin pagar, sin embargo, siendo así lo mejor que le puede a usted suceder es que esta persona se mude por motu proprio.

      Si no fuera por la prisa que presenta su caso, el procedimiento normal que debería seguir su abogado es el de El embargo de los bienes muebles que guarnecen los lugares alquilados o arrendados, es un embargo mobiliario conservatorio, en provecho del arrendador de un inmueble, acreedor del arrendatario, en virtud del cual se embargan los bienes que guarnecen los lugares alquilados para venderlos, por vencimiento de los alquileres. Asimismo, este embargo es extensible a los frutos o efectos que se encuentren en dichas casas, establecimientos rurales y/o las tierras que a ellos correspondan. Se ha sostenido que este tipo de embargos “solamente puede hacerse por créditos de alquileres vencidos, conforme al artículo 819 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, ­-el crédito- que permite este embargo es más restringido que el privilegio del arrendador que se extiende en todo o en parte a los alquileres vencidos y por vencer”.

      Artículos 819, 820 y 821. Código de Procedimiento Civil Dominicano.

      Una de sus principales características en relación con otros tipos de embargos, es que no puede embargar “todo acreedor que posea un título ejecutorio…” sino los propietarios de inmuebles cuyos inquilinos se encuentren en mora por el pago atrasado de los alquileres a los que se comprometieron. Las deudas que lo provocan nacen de los alquileres impagados, y si el persiguiente actúa con permiso del Juez de Paz puede embargar «al instante».

      Está reservado al arrendador y al inquilino o arrendatario principal, en el supuesto de contratos que permiten el sub-arrendamiento.
      Sólo puede ser practicado por créditos correspondientes al precio a pagar por el arrendatario, o por el sub-locatario con respecto del arrendador, o del inquilino mismo.

      Espero mi respuesta le sea de utilidad,

      Saludos cordiales y buena suerte.
      Lic. Virgilio Santana Ripoll

      • Muchas gracias Senor por su respuesta!!! usted ha iluminado enormemente tanto a inquilinos como propietariso quepracticamente nos manejamos solos en este oscuro sector no muy bien apoyado por el sistema.

        SU respuesta mes es muy util.

        la razon pro la que se acumularon estas deudas es porque cuando tome la adminsitracion de la propiedad esta inquilina ya estaba mudada alli de manera irregular (no tenia contrato registrado ni nada de eso), yo inicie el proceso de regularizarla, ella nunca colaboro, por lo que tuve que poner de mi dinero los depositos y todo para cumplir con requisitos del Bagricola… luego de esto la abogada que tenia a cargo simplemente dejo de contestarme llamadas, nunca me respondio, me dejo a la deriva, luego supe que la abogada y la inquilina se conocian por otro lado.

        En eso pasaron unos meses, hasta consguir otra abogada que hasta ahora es de confianza, y en lo que reanudamos la marcha y algunos procesos fallidos es que se ha ido ese tiempo.

        inicimamos unproceso con el CONAPE (Consejo de proteccion al Envejeciente) ya que el dinero de ese inmueble es con lo que se sostiene mi abuela, y la inquilina conciente de eso se nego a pagar, mi abuela fallecio hace menos de un ano. El abogado de la inquilina que es su suegro, hasta amenazo delante del personal de CONAPE que si seguia “jodiendo” iva a hacer que la inquilina se quede ahi dos anos “sin pagar un chele” (fueron sus palabras). y luego de 2 meses con el CONAPE fue que iniciamos el proceso con el juzgado y todo eso ya que al principio el CONAPE nos vendio suenos de que podia hacer algo….

      • Ahora entiendo Gisela, estoy a sus ordenes. Saludos.

  56. Hola buenas tardes, vivo en un departamento en la 4 planta,teníamos 4 meses sin agua, y teníamos todos los inquilinos que vivir cargandola, el propietario nunca iso el esfuerzo por comprar un camión de agua ni tampoco fue capaz de ajuntar entres nosotros, somos 60 inquilino por todos, el problemas es que el propietario después de tanto meses sin darno agua llego a la conclusión de hacer un pozo y comprar una bomba sumergible el gran problema es ahora que el no quiere cobrar a cada inquilino la suma de 200 pesos mensual dique para poderno dar agua y comprar la luz que gasta la bomba pues yo me lo jallo demasiado y proteste hasta el nivel que discutimo y me pidió la casa porque yo estaba convocando a todo a una reunión para que habláramos con el porque según el no importa que el se quede con lo que sobra y yo le dije que ni nosotros tenemos derecho a quedarno con lo de el ni el con lo de nosotro, sabiendo yo que no importa aporta con algo pero creo que lo que el quiere es demasiado mi pregunta es el esta en lo cierto debe cobrar tanto ciando el solamente va a gastar 4000 mil de luz mensual. Gracia y espero su pronta respuesta

    • Hola Natali,
      Imagino que vive usted en un residencial sometido a unos reglamentos y ley de condominio, que a su vez tiene un consejo de administración que toma decisiones en base a votos y a quórum. Lo importante en este caso es determinar que dice la mayoría de los condómines?

  57. Buenas tardes una vez mas, en la primera ocasión seguí su consejo y me fue bien, en esta ocasión estoy pasando un problema grave que no es de alquiler, es sobre una demanda en mi contra o mas bien con esta ultima que es el 29 de septiembre 2015 ahora seria la tercera demanda en mi contra. La pregunta es: si la persona me ha demandado en dos ocasiones atrás la primera por abuso de confianza y la segunda por robo, puesto que ella dono unos terrenos y un vehículo, después hizo el reclamo de que le devolvieran sus bienes y se los devolvimos con todas las documentaciones correspondiente, en la ultima audiencia nosotros, mi abogada y yo presentamos esos documentos como prueba que le devolvimos todo y la magistrada declaro el caso inadmisible puesto que ella la demandante no presento ninguna prueba factible en contra mía pues me demandaba por robo, ahora ella me demanda por falsificación de escritura ahora como puedo defenderme de que manera, si existe una vía de como puedo yo demandarla ya que la querellante me acusa constantemente de la misma situación pero con nombres diferentes y mi abogada no es muy experta en cuestiones de tribunales ni litigios que hago?

    Ayúdeme por favor en ese caso. Desde ya muchas gracias.

    • Lic. Alfredo Rafael

      Hola Milissen; Quien suscribe es abogado aqui en Rep. Dom., Tu demanda correspondiente se llama ¨ Demanda Reconvencional¨ o podria ser tambien en ¨¨Daños y Perjuicios¨ todo en virtud de las pruebas que produce tu demandante, las cuales no te ha podido probar. Buena Suerte.-

    • Buenas tardes Millissen,
      El Lic. Alfredo Rafael muy amablemente ha contestado de manera correcta su respuesta.
      A lo que el colega se refiere, en términos simples, es a una “contrademanda”, puesto que quien le acusa no ha podido demostrar los hechos por lo cual le acusa. vlr.
      Si su abogada no es muy experta, le aconsejo que se haga asistir (quizás de manera conjunta con su abogada) por un abogado/a que sí tenga experiencia en este tipo de casos.
      Le deseo mucha suerte!

  58. Muchas gracias por sus respuestas a ambos, luego les cuento como me fue.

  59. un amigo debe 7 meses de renta y le van a notificar, que es eso?

  60. Buenas tardes, es legal pagar intereses por atraso en la renta de un apartamento??

  61. Honestamente… tengo la impresion… bueno, no seria impresion porque he estado involucrado en 54 casos en donde yo he sido victima y con las mejores pruebas y la mejro defensa… y nada) de que la justicia e dominicana es como los concursos y la loteria… personalmente conoces a algun ganador?

    personalmente algunos de ustedes conocen a alguien a quien la justicia le haya fallado a favor de la verdad? (o dire a favor de usted porque no es a beneficio de nadie, es a beneficio de la verdad y la verdad entonces le caiga a quien le toque.. creo que es mas correcto decirlo asi)

    en resumen.. conoce algunos de ustedes algun caso… de un empleador que atropelle un empleado (con regalia, salario, rpestaciones) y el empleado busque un abogado y este haya resuelto su problema COMPLETO (no llegando a un trueque o a una terjiversacion de lo que realmente toca?

    conoce algun caso de algun iquilino que no se quiera ir, y que contodas las pruebas… se haya podido desalojar?

    se conoce algun caso de un inquilino que debe, toda las pruebas e que debe, banco agricola, depositos bla bl bla.. y que la justicia haya falladoa varo de la verdad?

    conoce algun caso de demanda… que se haya podido completar efectiva y satisfactoriamente para los demandantes?

  62. Conoce usted, usted amigo que me lee algun caso de una persona de recursos limitado (clase baja, media-baja, media, media-alta) que haya podido defenderse de un atropeyo o injusticia sin intermediacion de dinero, intereses o conecciones?

    • Bien Carlos, al decir verdad, creo que 54 casos perdidos es demasiado, pues abría que buscar la razón de las pérdidas en otras causas; Ud. dice con la mejor defensa ha corrido esa suerte; pues cietamente nuestra Rep. Dom., actualmente esta atravezando un crisis institucional producto de flacos servicios judiciales cuando han la SCJ., ha tenido que cancelar Jueces, Ministerio Publico, etc., pero entendemos como decimos aqui en R. D., que cuando el rio suena es por agua trae, de ahí tus fundamentos expresados aquí, donde real y efectivamente parece ser de Loteria o concurso. En tal sentido, quien te escribe conoces muchos casos de buen advenimiento judicial, donde muchos han podido resolver sus problemas a traves de la Justicia y no con sus propias manos; pues no es solo la verdad lo que se puede probar, es lo que se pueda probar y que llegue a valorizarce por un Juez imparcial, no es a favor de Ud., es a favor del proceso, Ud. es solo dueño de la instancia, y puede desistir o recursar cuando los plazos se lo permitan, no es fácil casar instancia en materia laboral, no es barata, pues tuve un caso laboral donde comencé en el 2011, y termine satisfactoriamente para mi cliente, la trabajadora, en el 2015, duran muicho, este fue con autrización hasta de embargo través de un Fiscal Laboral, aquí no hay trueques ni terjiversaciones, si el empleador esta en defecto, corre responsabilidad contractual, es que ya los empleadores no se dejan incidental, se descargan de la resp. comprando la voluntad económica del trabajador.-a.
      En cuanto: Al Inquilino; se puede desalojar, primero se cancela o se recinde el contrato, siendo la figura más escencial LA FALTA DE PAGO, por un Juzgado de Paz, es el único asunto contractual que administran, pues lo demás contratos, deben ir a los Tribunales de Derecho Común, (Primera Instancia). Si el contrato es escrito, un plazo de 180 días, si es verbal 90 días por violación a una cláusula del mismo, pero por falta de pago, solo es notificar la cancelación y desalojo. lo del Bagricola es si el propietario no lo quiere recibir, aun así, el día de la audiencia de fondo, puede depositar junto su abogado y el contrato no se rescinde, de lo contrario si el proceso adquiere el valor total de la cosa juzgada, sería pues; denegacion de justicia para los propietarios. yo como abogado, perseguiría al deudor aun viviendo fuera en otro inmueble, hay pues consideraciones a favor del inquilino que no solimos decirles, bueno al menos, si es sincero y educado, un ej. llegada la fecha del pago cuenta con una gracia de 5 días para no cargar mora, etc., es que, aqui en R. D., es diferente a otros paises, (EUA. no todos los paises latinos), donde tíran para afuera al inquilino impagante, ponen candados a la casa o apto., eso aquí es violatorio, aqui queda mucho de patriarcalismo en su accionar que no pone las prerrogativas de las partes en equidad, se considera mucho a la familia, más aun cuando se sabe que el Estado no les devuelve todo lo que debe a sus ciudadanos, son dejados a la suerte o criterio del propietario que en muchas ocasiones suelen perderle el cariño al inmueble, por no pagar agun % a un abogado responsable.
      Sobre la Demandas Civiles y Penales en general; sí más para los ciudadanos de ciertas influencias y posiciones econámicas, públicas y sociales, pues son los que tienen recursos económicos costear sus instancias, buscar abogados responsables, etc., lo duro es para los ciudadanos de a pie, pues corren la suerte de los vicios de procedimientos y omisiones de algunos colegas dejando se consuman los plazos, pues si la justicia dízque es gratuita, el procedimiento no lo es repercutiendo en contra de los clientes, victimas o victimarios) acusaciones no bién estructuradas, digo; face preparatoria del proceso penal, o la pruebas escritas en materia civil. Agunos Fiscales deciden la suerte del caso desde su escritorio, no investigan diferente a otros paises, considerando que los cargan de demasiado expedientes llegando al estrés, deben quitarle al Poder Ejecutivo la designacion de los mismos, pues algunos son más políticos que otra cosa. en conclusión; si hay responsabilidad y reciprocidad entre el cliente y el abogado, los casos corren buena suerte, pues hemos ido avanzando mucho aunque lentamente. Gracias.-

  63. El artículo 8 de la ley establece que no se dará curso a ninguna demanda si el demandante, sea propietario o inquilino, no presenta constancia del deposito hecho en el Banco Agrícola. Entonces si el propietario no deposita en el banco, y el inquilino hace una reclamación por los depósitos, según la ley no se le podrá dar curso a la demanda, por no tener constancia del deposito.

  64. hola buenas tardes, yo soy propietario de un local cuyo contrato vence el 31 de enero, les he pedido y ademas les notifique con acto de alguacil para que me lo entregasen. Ellos pagan el alquiler correctamente, pero causan continuas molestias a otros inquilinos que viven en el mismo edificio y no pueden descansar ni dormir puesto que el negocio lo han convertido en discoteca y ni siquiera respetan los horarios nocturnos.
    Mi abogado me dice que va a ser dificil desalojarles por vencimiento de contrato (esto es algo que nunca entenderé, porque se pone fecha a un contrato si no sirve de nada), y que la unica opcion es por las quejas de los demas inquilinos que esto pueda ser una causa para el desalojo, pero aun asi no me garantiza que se pueda ganar el caso.
    Me pueden dar alguna recomendacion

    muchas gracias

    • Buen dia!
      La verdad no entiendo la respuesta de su abogado, con todo respeto que me merece el colega, pues si el contrato tiene fecha de vencimiento, lo usual es que se le notifique al inquilino con por lo menos 30 días antes de su vencimiento, que dicho contrato no será renovado, sin tener que dar explicaciones mayores en dicha carta. Usted es propietario de su local, y puede tenerlo de vuelta cuando lo considere pertinente, por simples razones ajenas a su voluntad. Me gustaría ver que dice ese contrato.

  65. Karina Henriquez

    Hola.. Mi esposo y yo nos mudamos en un apartamento hace un poco mas de 3 meses con un contrato de un año.. Pagamos 3 meses de deposito de los cuales 2 se devuelven.. el caso es que tenemos una filtracion que viene del apartamento de arriba y este problema lo notificamos cuando empezo hace ya dos meses.. Nadie ha venido a arreglar el problema hasta el punto que ahora uno de los baños esta cerrado todo el tiempo porque la pintura del techo esta en el suelo y la cocina esta llena de mojo y tambien la pintura cayendose.. Ahora decidimos mudarnos por la falta de atencion al problema de parte del propietario y la encargada y porque tenemos dos niños pequeños que ya no es posible tener en esta situacion y condicion.. Ahora que le notificamos a la encargada nos dice que si nos quedamos hasta el dia 15 solo tiene que devolvernos un mes..es cierto eso ya que las razones por las que decidimos mudarnos no es por gusto si no porque estamos viviendo en condiciones que afectan la salud de nuestros hijos y no han hecho nada paragraph arreglarlo en dos meses? Que opciones tenemos? Gracias de antemano

    • Hola,
      Es posible que la encargada les este computando la fracción del mes, si se quedan hasta el 15. Ahora bien, seria importante saber cuales días pagan ustedes la renta, y que dice el contrato en cuanto a la devolución de los depósitos. Espero su respuesta.
      SaLudos y feliz dia.

  66. Hola buenas noche. Tengo una inquietud. Es legar que el abogado del edificio en donde vivo quiera cobrar todos los años por la renovación de contrato y mandar una notificación diciendo k se debe pagar 2000 peso y k si nos pasamos de la fecha acordada tendríamos k pagar 5000. Al menos a mi me mandaron esa notificación 2 meses después de haberse cumplido la fecha de mi contrato.

  67. Hola yo alquile una casa a los 8 dias le dije al propietario que me usaría a otro lugar (deve el devolverme mis dos depocitos?

  68. Buenas si mi pago bese el 31 y me mudo el 26 pueden descontar me un deposito

  69. Tatiana Mateo

    hola, me mude a un apartamento hace 2 meses, la dueña vive debajo y todo le molesta, la hora de mi llegada o si recibo visitas, o si mi celular suena muy duro y ella lo escucha. La señora me dijo que le entregue la casa y poco días después mando al abogado a recordármelo. la pregunta es. Tengo que seguir pagando el apartamento hasta que consiga otro en cual mudarme?

  70. Hola quiero saber que se hace en mi caso
    vivo en un apartamento el cual ya llevo 1 año y 4 meses la propietaria en ese año despidió a la abogada que tenia y ahora después de que paso el año y los 4 meses quiere aumentar un 10% de la vivienda yo tenía entendido de que cuando uno vive 1 año y 3 meses si el propietario en ese tiempo no ah hecho el aumento el contrato se renueva automáticamente quiero saber si es cierto y ademas exige el pago de la realización del nuevo contrato.pero la dueña no quiere arreglar las filtraciones y no le quiere poner puerta al baño que desde la sala se ve el que esta en el baño la casa sólo tiene la puerta de la entrada y antes de mudarme la abogada me había dicho que si que le ivan a poner la puerta pero al ella despedirla no la puso y ahora cuando le exijo a la dueña que la ponga ella lo que alega que su casa es de ella y ella hace lo que quiera en ella yo quiero saber porque si uno se compromete a pagarle el aumento ella no se puede comprometer para ponerla ella dice que me devolverá los depósitos para que me mude yo tengo 1 niño pequedó y quiero saber cuanto tiempo me da el estado para mudarme porque de hoy para mañana como ella quiere no lo puedo hacer

  71. hola tengo una deuda como inquilina de 5 meses de atraso de los cuales uno se lo envié al propietario del apartamento con un empleado del edificio y el empleado se fue llevándose mi dinero la dueña me dice que hasta que no me ponga la día no me dará ese recibo luego de eso decidí depositar 2 meses y lo hice a su cuenta y tengo mis recibos del banco pero no del propietario (osea no tengo recibo de pago de alquiler) ahora me dice que sino paso a la oficina a pagar los meses pendientes se vera obligada a notificar a sus abogados y ponerme una demanda por la fiscalia, ojo nunca me e negado a pagarle si le quedado mal pero le e pedido acuerdos para cubrir la deuda, que procederia en ese caso

    gracias

  72. Hola hace tres años que alquile una casa sin contrató y deje vencer los depósitos el año pasado y en diciembre me fue mal en el negoció por los que no le pude pagar pero en enero le pague y como no le pague el mes atrasados me pidió la casa en febrero y le dije que me dejara a juntar el depósito para mudarme a otra casa pero ella no quiere contrató un abogado para sacarme y el quiere que se la entregue en 15 dia y no tengo dinero para alquilar otra casa que uste me sugiere

  73. Hola tengo un inquilino que no me paga hace 4 meses ..ya se le entrego una carta hace 2 meses para que desocupe el apartamento..quisiera saver cual es el prosedimiento ho los pasos siguiente para desalojarlo.gracias

    • En ese tenor, es conveniente que adquiera la asesoría de un abogado para que este realice todos los procedimientos legales existentes, a fin de que dicho desalojo se realice de forma correcta y no lo perjudique a usted.

  74. Un amigo quiere comprar una vivienda puede el comprar la vivienda con el inquilino adentro no le perjudica a nuevo propietario comprar con el inquilino adentro

  75. Hola mi contrato de alquiler venció el propietario cambio de abogado ahora el nuevo abogado quiere cobrar RD$1000.00 pesos por elaboración del nuevo contrato es esto legal? Cuando hice el primer contrato nunca pague por la elaboración del mismo que me sugiere

  76. hola, he convertido un apartamento en 2 apartaestudios, el apto. tiene un solo titulo a mi nombre, es posible conseguir un titulo para cada apartaestudios y de ser asi que debo de hacer?

  77. mis depósitos vencieron , ahora me quiero mudar , quiero saber que tiempo puedo estar en la casa hasta que encuentre otra?

    • La ley establece que las disposiciones pactadas entre las partes tienen fuerza de ley, por lo que, poniéndose de acuerdo con el propietario del inmueble, este podría darle más tiempo, siempre y cuando usted cumpla fielmente con los pagos establecidos por ambos. De lo contrario, lo ideal sería que usted entregue el inmueble de manera inmediata.

  78. Buenas noches,

    Hola a todo, llevo pocos meses en una casa, desde el mes de octubre 2016 específicamente. Mi inquietud es la siguiente: firme el contrato de renta un día 7, y le entregue el 2+1 al propietario, en el mes de enero me atrasé y pagué la renta un 16 de Enero, la gestora del inmueble, la esposa del dueño, me dijo que dejaría pagar los días 15 de cada mes para que no me siga atrasando, en el mes de febrero tengo el dinero, pero al ser un trabajador informal, le iba depositar el dinero el 25 de enero, pero esta me llamó no muy cortesmente y me pidió que le devolviera el inmueble el día 7 de marzo, le pregunté del deposito restante y me dijo que no le pagara hasta esa fecha y ya no tiene que devolverme el deposito, en caso de que no pueda conseguir un nuevo lugar en tampoco tiempo cuales serían mis opciones legalmente hablando.

    Gracias anticipadas,

    • Bueno, al parecer la gestora intentó ser flexible con usted al cambiar la fecha de pago y en vista de que usted ha incumplido nuevamente cambia totalmente el panorama. Sin embargo, en vista de existir un contrato, el cual aún no ha llegado a su vencimiento (es lo que presumo), podrían arribar a un acuerdo. Pero eso sí, teniendo usted siempre presente que ha sido usted quien ha incumplido.

  79. Buenas noches,

    Mi inquietud es: qué tiempo tengo para entregar el apartamento donde resido una vez cumplido (y pasado) el contrato y vividos los dos depósitos?

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